Monotributo 2023: cuáles son las categorías del Nuevo Régimen y cómo quedaron sus valores

Con los nuevos aumentos del Monotributo 2023, los valores de las categorías del régimen simplificado se elevaron. Conocé cuánto es el tope de cada categoría y a cuál pertenecés.

El Monotributo 2023 es el régimen creado por la AFIP hace más de 20 años y que beneficia a aquellas personas que tengan bajos ingresos o trabajen de manera independiente. El régimen simplificado consta de una única cuota mensual unificada en la cual se pagarán los aportes para las obras sociales y las jubilaciones, como así también los impuestos correspondientes de cada categoría.

El Monotributo se divide en varias categorías de acuerdo a los ingresos mensuales y anuales de cada persona, y van desde la A hasta la K. Cada contribuyente no deberá sobrepasar los ingresos establecidos por categoría, ya que podría sufrir la expulsión o varias multas. Sin embargo, el régimen actualizó los valores y estas son las nuevas categorías.

Cuáles son las nuevas categorías del Monotributo 2023

Las categorías van desde la A hasta la K, siendo esta la de mayor ingresos. Los detalles a continuación:

  • Categoría A: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $1.414.762,58. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 30 m2 y el consumo eléctrico hasta los 3300 KW.
  • Categoría A exento: Los topes de cada sección serán iguales, la diferencia radica en que esta categoría afecta a personas que trabajen en relación de dependencia, ocupen cargos públicos, estén jubilados, entre otros.
  • Categoría B: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $2.103.025,45. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 45 m2 y el consumo eléctrico hasta los 5000 KW.
  • Categoría B exento: Los topes de cada sección serán iguales, la diferencia radica en que esta categoría afecta a personas que trabajen en relación de dependencia, ocupen cargos públicos, estén jubilados, entre otros.
  • Categoría C: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $2.944.235,60. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 60 m2 y el consumo eléctrico hasta los 6700 KW.
  • Categoría D: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $3.656.604,33. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 85 m2 y el consumo eléctrico hasta los 10000 KW.
  • Categoría E: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $4.305.799,15. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 110 m2 y el consumo eléctrico hasta los 13000 KW.
  • Categoría F: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $5.382.248,94. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 150 m2 y el consumo eléctrico hasta los 16500 KW.
  • Categoría G: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $6.458.698,71. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 200 m2 y el consumo eléctrico hasta los 20000 KW.
  • Categoría H: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $7.996.484,12. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 200 m2 y el consumo eléctrico hasta los 20000 KW.
  • Categoría I: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $8.949.911,06. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 200 m2 y el consumo eléctrico hasta los 20000 KW. Esta categoría solo puede ser aplicada por quienes vendan bienes muebles.
  • Categoría J: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $10.257.028,68. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 200 m2 y el consumo eléctrico hasta los 20000 KW. Esta categoría solo puede ser aplicada por quienes vendan bienes muebles.
  • Categoría K: El tope de ingresos brutos no deberá superar el monto de $11.379.612,01. En el caso de la superficie afectada, no deberá ser mayor de 200 m2 y el consumo eléctrico hasta los 20000 KW. Esta categoría solo puede ser aplicada por quienes vendan bienes muebles.

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